Postura de la Coalición por el Acceso Legal a la Cultura sobre el
Acuerdo Comercial Antifalsificación
Comunicado de Prensa
México, D.F., 10 de marzo de 2011
La Coalición por el Acceso Legal a la Cultura, es una organización de carácter civil que agrupa a 37 entidades gremiales representativas de todos los sectores del derecho de autor, los derechos conexos y la industria de la cultura mexicana en todas sus manifestaciones. Esta Coalición, se muestra a favor de que se establezcan reglas claras que permitan a los internautas, proveedores de servicios de Internet y titulares de derechos, el aprovechamiento legal de los contenidos, respetando los derechos que cada uno de los sectores ostentan en el ejercicio del libre acceso a la información, como un derecho legitimo a la cultura de los pueblos.
Las industrias creativas en México, engloban actividades que van desde la artesanía tradicional, libros, pintura, música y artes escénicas, hasta los sectores con uso intensivo de tecnología, como televisión, radio, Internet, animación digital, etc., contribuyendo aproximadamente al 6% del PIB del país. Adicionalmente, de acuerdo al informe “Creative Economy 2008”, publicado en el año 2009 por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), las industrias creativas de nuestro país se ubican en el lugar número 6 de los 20 países con mayor exportación de bienes culturales a nivel mundial, siendo México el único de América Latina.
Lamentablemente, hoy en día, el uso no autorizado de contenidos protegidos por el derecho de autor y los derechos conexos, se ha convertido en un grave problema que alcanza proporciones universales. Prácticamente en todos los países donde existen economías basadas en el libre comercio, se observa la oferta paralela de productos y contenidos ilícitos, en contravención a las normas sobre Propiedad Intelectual, propiciando la piratería y la falsificación.
Para ilustrar la magnitud del problema, solamente en el año 2009, más de 5,110 millones de canciones, 16 millones de series de televisión, y 1,900 millones de imágenes, fueron descargadas sin pagar derechos de autor ni conexos a sus respectivos titulares. También conviene agregar que los daños causados por la descarga ilegal de 470 millones de videos musicales y 24 millones de películas, afectan a la industria cinematográfica. Aunado a lo anterior, la industria editorial ha sido víctima de la reproducción no autorizada de 25 millones de libros electrónicos.
ACTA
La creatividad es el factor fundamental para el éxito de las economías basadas en industrias culturales sólidas. Por tal motivo, en el año 2006, Japón y Estados Unidos expresaron la necesidad de contar con un nuevo Tratado Plurilateral, que ayudara a combatir la falsificación y la “piratería”, dando así origen al denominado: Acuerdo Comercial Anti-Falsificación (o ACTA por sus siglas en inglés).
El objetivo de esta iniciativa es combatir la falsificación y la piratería, reuniendo a varios países, incluyendo a México, para negociar un acuerdo que promueva la implementación de normas internacionales eficaces en la observancia de los derechos de Propiedad Intelectual en las nuevas tecnologías como la Internet.
A partir del 2007, diversos grupos hemos mostrado interés en obtener mayor información en las negociaciones y el texto preliminar del Tratado. Sin embargo, es una costumbre internacional, que durante las negociaciones entre naciones soberanas, no se comparten los textos de negociación con el público en general, situación que comprendemos, toda vez que se han hecho públicas las áreas sobre las que versará el ACTA, correspondientes a:
A) Incrementar la Cooperación Internacional entre las autoridades.
B) Establecer mejores prácticas para la observancia a través de medidas en frontera, procedimientos judiciales civiles y procedimientos penales.
C) Proporcionar un marco legal más efectivo para combatir la “piratería” y la falsificación.
Entendemos que el ACTA no pretende interferir con el respeto de los derechos fundamentales y libertades individuales de los cibernautas, de los proveedores de servicios y de los titulares de la propiedad intelectual (tales como autores, compositores, productores, editores, escritores, cineastas, titulares de patentes, marcas, etc.) y que será consistente con el Acuerdo sobre los Derechos de Propiedad Intelectual (Acuerdo sobre los ADPIC) de la OMC y los Tratados OMPI de Internet (WCT y WPPT).
Al respecto, la intención de los titulares de derechos sobre obras y contenidos, no es atentar contra las garantías individuales o los derechos legítimos de los internautas, sino encontrar de manera conjunta una regulación adecuada que brinde seguridad jurídica y respeto a todos los sectores involucrados.
Y si bien es cierto que algunas organizaciones han reconocido que bajar música se ha convertido en la principal actividad de entretenimiento online de los internautas mexicanos, también es importante que se aclare, que bajar música o cualquier obra artística sin autorización, es un acto ilícito que genera un daño incalculable a los titulares de derechos de obras protegidas por los derechos de autor y conexos, aunque no exista un ánimo de lucro directo o indirecto.
Las leyes mexicanas y los tratados internacionales otorgan a los titulares de derechos la facultad de autorizar o prohibir el uso de sus obras, interpretaciones, ejecuciones, producciones y fonogramas por cualquier medio conocido o por conocerse. Este es precisamente el gran valor que tiene el derecho intelectual que no queremos que se deje de reconocer.
Un país sin Cultura, es un país sin Historia y un país sin Historia, no tiene Futuro.
Sobre la CALC
La Coalición por el Acceso Legal a la Cultura (CALC) representa los intereses de 37 organizaciones sociedades autorales de gestión, sindicatos, organismos internacionales, editores, productores, cámaras, asociaciones culturales e industrias culturales. Los proyectos de esta Coalición están enfocados en reformar la Ley Federal del Derecho de Autor para la aplicación de la Licencia por Copia Privada. Busca la reforma del marco legal mexicano, a fin de impedir las crecientes violaciones contra el derecho de autor y conexos mediante el uso de la Internet sin atentar contra los derechos de sus usuarios, así como reformar el artículo 429 del Código Penal Federal para que la piratería en todas sus modalidades sea perseguida de oficio.